En el año 2000 culminó en Montreal una serie de reuniones internacionales que dieron origen al Protocolo de Cartagena sobre la seguridad de la biotecnología. El objetivo del protocolo “es contribuir a garantizar un nivel adecuado de protección en la esfera de la transferencia, manipulación y utilización seguras de los organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología moderna que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana, y centrándose concretamente en los movimientos transfronterizos”. El tratado también aclara que los firmantes “tomarán las medidas legislativas, administrativas y de otro tipo necesarias y convenientes para cumplir sus obligaciones dimanantes del presente Protocolo”. Hasta el presente más de 150 países se han adherido al protocolo, 28 de América Latina. En Argentina, el proyecto comenzó a funcionar en agosto de 2002 y tiene como objetivo principal realizar una revisión del Marco Nacional de Bioseguridad a fin de que se puedan satisfacer los requerimientos del Protocolo de Cartagena y la identificación de las capacidades y carencias nacionales para adecuarse al Protocolo de Cartagena la Agencia Ejecutora del Proyecto es la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos, dentro de la cual funciona la Coordinación Nacional. Es obvio que la modificación genética de organismos vivos constituye un aspecto central e inherente a la formación y capacidades adquiridas por los biotecnólogos y a los beneficios y riesgos potenciales de la transgénesis para la salud humana. También podríamos destacar entre sus actividades específicas vinculadas con la salud a la secuenciación y manipulación-modificación de genomas, el diagnóstico y tratamiento genético de enfermedades, el desarrollo y producción de anticuerpos monoclonales, el desarrollo y producción de vacunas de ADN, la implementación de terapias génicas y celulares… Los biotecnólogos manipulan bacterias, virus, hongos, cultivos celulares, células madres embrionarias, embriones… Por lo expuesto resulta, por lo menos curioso, que el Ministerio de Salud de la Argentina no incluya a los Licenciados en Biotecnología en la Resolución 404/2008 entre los profesionales matriculables vinculados al “arte de curar” o que realicen actividades de colaboración en tal sentido. Máxime cuando en el Artículo 5 de la resolución figuran bioquímicos, farmacéuticos, nutricionistas y profesionales de análisis clínicos…Es decir que no existe control desde el Ministerio de Salud sobre cuantos biotecnológos hay en el país, que están haciendo y como están haciendo esa utilización de los seres vivos o partes de seres vivos para dar soluciones a nuestras necesidades en la salud, la alimentación, la energía y el medio ambiente (definición de biotecnología). Dios nos ampare.
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